Apreciados amigos y clientes:
Durante este mes de febrero de 2017, se debe presentar telemáticamente el modelo 347 referente a las operaciones con terceros superiores a 3.005,06 €.
¿Quién está obligado a presentarla?
- Las personas físicas (que desarrollen actividades económicas) y las empresas.
- Las sociedades civiles y comunidades de bienes.
- Otras entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, UTE’s, clubes…)
Operaciones que no deben relacionarse en el modelo 347.
- Alquileres declarados en el modelo 115-180.
- Facturas de profesionales con retención ya declaradas en el modelo 111-190.
- Intereses satisfechos declarados en el modelo 123-193.
- Las importaciones y exportaciones.
- Adquisiciones y entregas intracomunitarias de bienes.
Datos necesarios para preparar el modelo 347.
Los apellidos y nombre, importante que sea por este orden, o en su caso la razón social, así como el NIF y el código postal y municipio de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración.
El importe total individualizado (incluido el IVA) y expresado en euros de las operaciones realizadas con cada persona o entidad durante el año 2016, así como el desglose trimestral de las operaciones.
Departamento fiscal