Tienen obligación de presentar la declaración de la renta aquellos contribuyentes que perciban rentas por un importe superior a los siguientes límites:
- Rendimientos del trabajo (salarios, pensiones, «paro», etc)
- 22.000 € brutos anuales procedentes de un único pagador o si hay más de un pagador, las rentas del segundo y restantes pagadores están por debajo de 1.500 €
- 12.000 € brutos anuales
- si hay más de un pagador y el segundo y restantes pagadores superan los 1.500 €
- pensionistas que cobran de más de un pagador
- cónyuges que cobran pensiones compensatorias o anualidades por alimentos no exentas
- si el pagador de los rendimientos del trabajo no ha estado obligado a hacer retención
- rendimientos del trabajo que han estado sujetos a un tipo fijo de retención como por ejemplo los salarios de los administradores de empresas
- Rendimientos de intereses, dividendos y ganancias patrimoniales
- Cuando superen los 1.600 € en su conjunto
- Rendimientos inmobiliarios
- Si se han cobrado alquileres por importe superior a 1.000 € anuales
- Si ha obtenido salarios, intereses, dividendos, ganancias patrimoniales y cobrado alquileres que en su conjunto superen los 1.000 € o si ha tenido pérdidas patrimoniales superiores a 500 €.
Para cualquier consulta o aclaración, ponte en contacto con Cristina Chavala (cristina@quicksa.net).